El ilicito fue perpretado en febrero del año pasado en la costera comuna de la región de O’Higgins, afectando a una menor de 14 años.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a A.V a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en febrero del año pasado, en la comuna de Pichilemu.
En fallo unánime, el tribunal aplicó a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Asimismo, el tribunal impuso al sentenciado las accesorias de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oídos como parientes en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad y la prohibición de aproximarse a la víctima, visitar su domicilio, lugar de trabajo o establecimiento educacional, por el plazo de 10 años.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en fecha no precisada de enero de 2021, A.V se encontraba en la playa de la comuna de Pichilemu, lugar en el cual conoció a la víctima, una menor de 13 años de edad a dicha época. En dicho contexto, el 2 de febrero de 2021, en horas de la madrugada, en una vivienda ubicada en la comuna balneario, el condenado, en conocimiento de la edad de la víctima, mantuvo relaciones sexuales con ella.
Fuente: El Tipografo