Alcalde de Rancagua, en O’Higgins, Juan Ramón Godoy es removido definitivamente de sus funciones

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Muni Rancagua

El Tribunal Electoral tomo la decisión luego de la solicitud presentada por un grupo de concejales

Juan Ramón Godoy
Juan Ramón Godoy

El Tribunal Electoral Regional (TER)  de O’Higgins decidió acoger la petición de un grupo de concejales de la Municipalidad de de Rancagua y removió al alcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy.

Recordemos que el ahora Ex Alcalde es acusado de contravención grave a las normas sobre probidad administrativa y notable abandono de sus deberes.

El fallo dictado por la entidad señala: “Se declara que don Juan Ramón Godoy Muñoz, ha incurrido en la causal de cesación del cargo de Alcalde”.

La resolución del TRICEL de O’Higgins

Concluyendo “…Una vez que se encuentre ejecutoriada la presente sentencia, don Juan Ramón Godoy Muñoz, quedará removido de su cargo, e inhabilitado de ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años”.

El dictamen de TRICEL de O’Higgins consta de 132 páginas, donde se da cuenta de los argumentos que “don Juan Ramón Godoy Muñoz, ha incurrido en la causal de cesación del cargo de Alcalde para esa comuna”.

Juan Ramón Godoy

Godoy esta actualmente recluido en la cárcel de Rancagua cumpliendo prisión preventiva a la espera de su juicio, donde se le acusa de malversación de caudales públicos, fraude al fisco, lavado de activos, delitos tributarios y cohecho agravado. El otrora mandamás del municipio rancagüino enfrenta también sendas querellas por parte del Consejo de Defensa del Estado y del Servicio de Impuestos Internos.

La querella del CDE acusa a Juan Ramón Godoy de haber cometido una serie de irregularidades en su calidad de presidente de la Corporación Municipal y alcalde en ejercicio de dicha comuna, materializadas por medio de una administración desleal de los fondos públicos, ocasionado con ello un perjuicio económico al erario fiscal.

De acuerdo a los antecedentes contenidos en la investigación, el imputado habría cometido ilícitos como el pago de montos en exceso por licitaciones adjudicadas, la advertencia a particulares de una licitación venidera (y adjudicarla) aceptando por ello beneficios económicos o de otra naturaleza para sí o terceros.

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Fotos: google