Elección del 07 de mayo, Voto Obligatorio

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Servel

¿Puedes eximirte?, ¿Habrán Multas?, ¿Cómo es el Proceso?

El próximo 07 de mayo hay un nuevo proceso eleccionario en nuestro país, el que en esta instancia obliga a los ciudadanos chilenos a sufragar, todos los que están debidamente habilitados y que figuren en los padrones electorales de sus respectivas circunscripciones – esta vez solo se vota en nuestro territoria nacional ya que los chilenos y chilenas que viven en el extranjero no tienen el derecho, según la normativa vigente.

Esta es la segunda elección con voto obligatario después de varios años que tuviera la calidad de voluntario, será una elección para elegir los 50 escaños disponilbes para formar el Consejo Constitucional, el que se encargará de entregar una nueva propuesta de Carta Fundamental, la que será sometida a un plebiscito a fin de año.

¿Qué pasa si no voto?

Vocales de Mesa
Voto Obligatorio

Sí estando en Chile no te presentas a emitir tu sufragio y no tienes una causa justificada – según la Ley 21.533 que regula el procedimiento para elaborar una Nueva Constitución Política – deberás pagar una Multa que va en directo beneficio municipal, la que puede ir desde los $31.537 a los $189.222 (0,5 a 3 UTM). Es aquí donde el SERVEL informará a los respectivos Juzgados de Policia Local, estanpando una denuncia contra quienes – sin justificación – no acudieron a votar, para esta tarea el SERVEL tendrá como plazo hasta un año después de la elección. Posterior a esto, el Juzgado de Policia Local deberá notificar y citar a comparecer al infractor denunciado, el que deberá presentarse y – de tenerla – argumentar su justificación, incluyendo medios de prueba (certificados, constancias, etc.), de lo contrario será multado de acuerdo al criterio del Juez de Policia Local.

Las causas que te pueden amparar para no sufragar, son padercer una enfermedad, encontrarse fuera del país, estar el día de la elección en un lugar situado a más de 200 kilómetros de donde está tu domicilio electoral o por otro impedimento grave. Todas las excusas se deben presentar al momento que te llegue la citación del Juzgado de Policia Local, nunca antes. Por ejemplo, sí al día de la elección estas a más de 200 kilómetros del local de votación, deberás dejar una constancia en carabineros, la que deberás guardar y presentar oportunamente cuando seas citado.

¿Qué dice el SERVEL?

Alberto Tagle, presidente del consejo directivo del SERVEL explica “El voto es obligatorio. Hay causales de excusa, pero la persona no se puede excusar anticipadamente. La persona se excusa ante el Juez de Policía Local cuando sea citado”, agregando que “nosotros vamos a denunciar a todos los que no voten, y el que decide si corre o no corre la multa es el Juez de Policía Local, con los antecedentes que se le presenten”. Tagle señala también que sucede ante un impedimento de caracter grave: “no está tipificado, pero (se trata) por ejemplo: si a alguien se le muere un familiar y debe preocuparse de hacer esos trámites, un accidente u otro tipo de circunstancia, que las califica el Juez de Policía Local”.

Recuerda, el Voto es OBLIGATORIO.

Voto Obligatorio
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